Bienvenidos a Impacto Jurídico

Impacto Jurídico es una oficina de abogados radicada en la ciudad de Medellín (Colombia), dedicada a la asesoría, trámite y representación legal judicial o extrajudicial al servicio de nacionales y extranjeros en todas las áreas del derecho (familia, civil, laboral, seguridad social, comercial y administrativo). Tramitamos asuntos relacionados con accidentes de tránsito, tutelas, derechos de petición y conciliaciones.

Consúltenos sin costo en este momento.
Nuestro equipo de abogados hará una evaluación inicial de su caso sin costo alguno y le dará una recomendación sobre el proceso más viable a seguir y los costos estimados. Nos encontramos ubicados a media cuadra de la Estación Parque Berrio, bajando por Colombia.
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Visa conyugal para esposos y compañeros permanentes de colombianos


Son muchos los extranjeros que forman uniones con ciudadanos Colombianos, estando de visita en Colombia, puede ser que se casen o que solo inicien una unión marital de hecho.  Por cualquiera de los dos motivos, lo más común es que este extranjero quiera quedarse residenciado en Colombia junto con su compañero o compañera colombiano y para esto tendrá la necesidad de tramitar su visa de residencia. 
Las leyes colombianas contemplan esta posibilidad, tras el cumplimiento de ciertos requisitos:
  • Lo primero es diligenciar el formulario que para estos efectos tiene destinado el ministerio de relaciones exteriores.  El formulario debe ser llenado de forma completa conforme a las exigencias del mimo.
  • Presentar el pasaporte vigente, con copia de las páginas usadas y si es del caso presentar el documento de viaje valido.
  • Registro civil de matrimonio expedido recientemente.  En el caso de ser compañeros permanentes, presentar el documento o providencia judicial que acredite la existencia de la unión.
  • Una carta, realizada por el ciudadano colombiano, dirigida al ministerio de relaciones exteriores, en la cual se solicita la expedición de la visa al extranjero.  Esta carta debe de estar debidamente autenticada.
  • Tres fotos de frente de 3 por 3 del extranjero.
  • Fotocopia autentica de la cedula de ciudadanía del cónyuge o compañero colombiano.
  • Certificado de antecedentes judiciales debidamente expedido por la autoridad competente del país de origen del extranjero, con una antelación no mayor de 6 meses.  El certificado debe de estar traducido al castellano.
Este tramite se puede adelantar ante las oficinas regionales del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).
En caso de que tal visa sea negada, los motivos tienen que ser sustentados por escrito por la correspondiente entidad.
Para mayor información comuníquese con nosotros.
Teléfono: 293 24 73, E-mail: somosabogados09@gmail.com
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