Bienvenidos a Impacto Jurídico

Impacto Jurídico es una oficina de abogados radicada en la ciudad de Medellín (Colombia), dedicada a la asesoría, trámite y representación legal judicial o extrajudicial al servicio de nacionales y extranjeros en todas las áreas del derecho (familia, civil, laboral, seguridad social, comercial y administrativo). Tramitamos asuntos relacionados con accidentes de tránsito, tutelas, derechos de petición y conciliaciones.

Consúltenos sin costo en este momento.
Nuestro equipo de abogados hará una evaluación inicial de su caso sin costo alguno y le dará una recomendación sobre el proceso más viable a seguir y los costos estimados. Nos encontramos ubicados a media cuadra de la Estación Parque Berrio, bajando por Colombia.
Calle 50 Nº 51-81, Edificio National, Oficina 10-01

Funciones del consejo de administración dentro de la propiedad horizontal


El consejo de administración es un órgano de vital importancia dentro de la propiedad horizontal, lamentablemente la ley 675 se quedo corta al regular esta figura.
Esta figura solo es obligatoria en las copropiedades comerciales, mixtas o de mas de 35 unidades privadas, por tanto el los otros casos es potestad de la asamblea de copropietarios el designar este órgano.
No solo los propietarios puede formar parte del consejo d copropiedad, también lo pueden hacer también sus representantes con poder debidamente otorgado para ello, esto es muy efectivo en aquellas copropiedades donde los propietarios quieren evitar que los miembros del consejo sean arrendatarios, poseedores o personas ajenas a la copropiedad.
En lo referente a las funciones:
Inicialmente tendrá que ser la asamblea quien se las asigne, puesto que la ley no establece gran cosa al respecto.
Nombrar el administrador
Le corresponde a la asamblea de copropietarios  fijar las inhabilidades y comportamientos  para formar parte del consejo de copropietarios como por ejemplo:
  • Los miembros del cumplen una función social de servicio a la comunidad, por lo que actuaran siempre en función del bien común y de forma gratuita.
  • Sus representantes deben de tener siempre una conducta intachable y cumplir puntual y estrictamente el reglamento.
  • Sus miembros no pueden ser parientes del Administrador ni del Revisor Fiscal, ni tener negocios con ninguno de ellos, con el fin de garantizar la independencia de todos los órganos de la copropiedad.
  • No podrán desempeñar cargos remunerados dentro de la copropiedad, ni se empleados del administrador.
  • No pueden aprovecharse de su cargo para reclamar beneficios dentro de la copropiedad.
  • Sus miembros deben de ser imparciales y respetuosos de los derechos de todos los copropietarios.
  • Los miembros del consejo deben mantenerse a paz y salvo con todas las obligaciones que surjan de la copropiedad.
Las funciones asignadas al consejo de copropietarios, inhabilidades, imposiciones y demás regulaciones, deberán ser impuestas teniendo en cuenta el caso concreto para cada copropiedad, por lo que cada una de ellas es una persona jurídica diferente.

Para mayor información contáctese con nosotros.
Tel: 293 24 73, E-mail: somosabogados09@gmail.com
Calle 50 Nº 51-81 Edificio Nacional Oficina 10-01
Medellín-Colombia

No se atienden consultas de abogados
Ni de estudiantes de derecho


Resuelva todas sus dudas e inquietudes a través de nuestro chat con un Abogado. Si no pudo realizar su consulta con un abogado en línea, realícela llenando nuestro formulario abajo de este Chat, enviándonos un mensaje.
Nombre: E-Mail: Mensaje: