Bienvenidos a Impacto Jurídico

Impacto Jurídico es una oficina de abogados radicada en la ciudad de Medellín (Colombia), dedicada a la asesoría, trámite y representación legal judicial o extrajudicial al servicio de nacionales y extranjeros en todas las áreas del derecho (familia, civil, laboral, seguridad social, comercial y administrativo). Tramitamos asuntos relacionados con accidentes de tránsito, tutelas, derechos de petición y conciliaciones.

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Nuestro equipo de abogados hará una evaluación inicial de su caso sin costo alguno y le dará una recomendación sobre el proceso más viable a seguir y los costos estimados. Nos encontramos ubicados a media cuadra de la Estación Parque Berrio, bajando por Colombia.
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Permanencia de extranjeros en Colombia

El gobierno nacional es el encargado de autorizar el ingreso y estadía de los extranjeros en el país, esta función la ejerce a través del ministerio de relaciones exteriores.
Para ingresar legalmente a Colombia, el extranjero debe presentar pasaporte o documento de viaje o documento de identidad y visa en caso de ser requerida por el ministerio de relaciones exteriores.
La visa otorgada por el ministerio podrá ser diplomática, oficial, de servicio, de cortesía, de negocios, residente y temporal. Hoy haremos referencia a la visa de cortesía y de residente.

Visa de cortesía:
Puede ser concedida a los extranjeros en virtud de sus condiciones intelectuales, culturales, académicas o científicas, políticas o sociales o a quienes ingresen a Colombia por intercambio o programas relacionados con las anteriores aéreas.
Su término de duración será mientras dure la actividad a desarrollar, siempre y cuando no exceda los 86 meses, los cuales pueden ser prorrogados previa solicitud.

Visa de residente:
Será residente quien pretenda permanecer en el país de forma definitiva, este tipo de visado será concedido en atención a las siguientes circunstancias especiales:
  • Inversionistas que aporten capital en los montos establecidos por el ministerio de relaciones exteriores.
  • Profesional o técnico, que pretenda desarrollar, sea por si mismo o por cuenta de otros, actividades que representen importancia para Colombia.
  • Rentista o pensionado, para que perciba ingresos suficiente para asegurar su propia subsistencia y la de aquellos que de él dependan.
  • Para Familiar de nacionales colombianos (padres, hijos y cónyuge o compañero permanente) de un ciudadano colombiano.
  • Refugiados o asilados.
  • Para representantes de comunidades religiosas que vengan a desarrollar actividades relacionadas con su culto.
  • Para periodistas que vengan al país a desarrollar sus actividades de manera permanente y avalados por un medio de comunicación.
  • Para todas aquellas personas que pretendan ingresar al país a desarrollar actividades que, a juicio del ministerio de relaciones exteriores, sean de interés para el país.
Este tipo de visas tendrán una duración indefinida y podrán entrar y salir del país de forma múltiple.  Pero se perderá esta visa si el extranjero permanece por fuera del país por más de dos años.

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