El coeficiente son los índices que
establecen la participación porcentual de
cada uno de los propietarios de bienes de dominio particular en los bienes comunes del edificio o
conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal. Establecen además su participación en la asamblea de propietarios y
la proporción con que cada uno contribuirá en las expensas comunes
del edificio o conjunto, sin perjuicio de las que se determinen por módulos de
contribución, en edificios o conjuntos de uso comercial o mixto, en los cuales
dichos índices se calculan de acuerdo con un valor inicial que represente una
ponderación objetiva entre el área privada del inmueble y la destinación y
características de los mismos.
El
coeficiente se fijara con base en el área privada
construida de cada bien, con respecto al área total privada del edificio o
conjunto. Es por esto que el área privada libre debe
determinarse expresamente en el reglamento, en proporción al área
privada construida, indicándose los factores de ponderación utilizados.
Para calcular el coeficiente de
copropiedad de parqueaderos y depósitos, se podrán ponderar los factores de
área privada y destinación.
Para mayor información comuníquese con
nosotros.
Teléfono: 293 24 73, E-mail: somosabogados09@gmail.com
Calle 50 Nº 51-81 Edificio Nacional
Oficina 10-01
Medellín-Colombia
NO SE ATIENDEN CONSULTAS DE
ABOGADOS NI DE ESTUDIANTES DE
DERECHO.
Resuelva todas sus dudas e inquietudes a través de nuestro chat con un Abogado. Si no pudo realizar su consulta con un abogado en línea, realícela llenando nuestro formulario abajo de este Chat, enviándonos un mensaje.