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Impacto Jurídico es una oficina de abogados radicada en la ciudad de Medellín (Colombia), dedicada a la asesoría, trámite y representación legal judicial o extrajudicial al servicio de nacionales y extranjeros en todas las áreas del derecho (familia, civil, laboral, seguridad social, comercial y administrativo). Tramitamos asuntos relacionados con accidentes de tránsito, tutelas, derechos de petición y conciliaciones.

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Nuestro equipo de abogados hará una evaluación inicial de su caso sin costo alguno y le dará una recomendación sobre el proceso más viable a seguir y los costos estimados. Nos encontramos ubicados a media cuadra de la Estación Parque Berrio, bajando por Colombia.
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Desheredar a un hijo


En Colombia son herederos forzosos, es decir, que no se les puede desconocer sus derechos, los hijos del difunto y a falta de estos los padres del mismo.
Por regla general la capacidad de heredar se presume de cualquier persona natural, pero además de esto, se requiere no haber sido declarado indigno para heredar por haber realizado alguno de los comportamientos establecidos por la ley y por tanto se le impida heredar o recibir cualquier tipo de asignación, que le podría corresponder, proveniente del patrimonio del difunto.
Las causales para que la persona de cuya sucesión se trata pueda desheredar a sus descendientes o ascendientes son:
Por haber cometido injuria grave contra la persona, del difunto cuando estaba vivo, honor o bienes, o en la persona, honor o bienes de su cónyuge o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes
Por no haberlo socorrido en el estado de demencia o destitución, pudiendo hacerlo.
Por haberle impedido otorgar testamento valiéndose de la fuerza o mala intención.
Por haberse casado sin el consentimiento de un ascendiente, o sin el de la justicia en subsidio, siendo menor de edad.
El desheredamiento de un descendiente o ascendiente (en las tres primeras causales), según el caso, debe ser plasmado testamento debidamente otorgado y se puede privar de todo o parte del derecho del heredero.  Se trata pues de una sanción impuesta a aquella persona que causa agravio a la memoria, honor o bines del testador, autorizando a este ultimo para privar a alguien del derecho de recibir herencia.
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