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Impacto Jurídico es una oficina de abogados radicada en la ciudad de Medellín (Colombia), dedicada a la asesoría, trámite y representación legal judicial o extrajudicial al servicio de nacionales y extranjeros en todas las áreas del derecho (familia, civil, laboral, seguridad social, comercial y administrativo). Tramitamos asuntos relacionados con accidentes de tránsito, tutelas, derechos de petición y conciliaciones.

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Nuestro equipo de abogados hará una evaluación inicial de su caso sin costo alguno y le dará una recomendación sobre el proceso más viable a seguir y los costos estimados. Nos encontramos ubicados a media cuadra de la Estación Parque Berrio, bajando por Colombia.
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Regulación para la tenencia y porte de mascotas.


Tener una mascota se traduce en una gran responsabilidad, mas que todo cuando se es residente de un edificio sometido a propiedad horizontal, pues puede llegar a ocasionar graves problemas entre propietarios debido a la falta de cultura de algunos propietarios de mascotas que desconocen las normatividades sobre el manejo de mascotas.
Muchos amos consideran que pueden tener sus mascotas en las zonas comunes sin ningún tipo de control, sacándolos a las zonas verdes o parques infantiles a que hagan sus necesidades corporales, causando de esta manera un grave perjuicio a sus copropietarios en cuanto al uso adecuado de los bienes comunes.
Desde el año 2002, el gobierno nacional regulo la tenencia y manejo de mascotas, estableciendo sanciones ante el mal proceder de los respectivos dueños.
De modo que si usted es propietario de una mascota, tenga en cuenta lo siguiente:
  • Para  tener de perros en las viviendas urbanas y rurales se requiere que las circunstancias de  alojamiento en el aspecto higiénico y sanitario, de alimentos y custodia, sean las adecuadas, y que no se produzcan situaciones de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas en general e incluso para la propia mascota.
  • Las copropiedades deben reglamentar, en su respectivo reglamento de propiedad horizontal, la tenencia de mascotas.
  • Las mascotas siempre deben de pasearse con correa y en el caso de ser peligros se les debe poner su correspondiente bozal.
  • No dejas el excremento de la mascota en las vías públicas.
  • No se podrán importar ni criar perros de alta peligrosidad (Staffordshire terrier, American Staffordshire terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, o de caninos producto de cruces o híbridos de estas razas).
  • Toda persona que posea un perro de los catalogados como potencialmente peligrosos deberá registrar los en el Censo de Perros Potencialmente Peligrosos que se establecerá en las alcaldías municipales, para obtener el respectivo permiso. El registro debe de ser actualizado anualmente.
  • Para proceder al registro del animal, su propietario debe aportar póliza de responsabilidad civil extracontractual suscrita por su propietario,
  • Los perro potencialmente peligrosos deben de ser tenidos en lugares con condiciones especiales con el fin de que se brinde la seguridad necesaria para los vecinos y la comunidad en general.
  • Las peleas de perros están prohibidas por la ley.
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  • Los perros lazarillos no son mascotas y tienen un trato diferente a los demás caninos.
  • Las regulaciones no solo son para las propiedades horizontales, son a nivel nacional.
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