Bienvenidos a Impacto Jurídico

Impacto Jurídico es una oficina de abogados radicada en la ciudad de Medellín (Colombia), dedicada a la asesoría, trámite y representación legal judicial o extrajudicial al servicio de nacionales y extranjeros en todas las áreas del derecho (familia, civil, laboral, seguridad social, comercial y administrativo). Tramitamos asuntos relacionados con accidentes de tránsito, tutelas, derechos de petición y conciliaciones.

Consúltenos sin costo en este momento.
Nuestro equipo de abogados hará una evaluación inicial de su caso sin costo alguno y le dará una recomendación sobre el proceso más viable a seguir y los costos estimados. Nos encontramos ubicados a media cuadra de la Estación Parque Berrio, bajando por Colombia.
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La tarjeta de operación

La tarjeta de operación es expedida únicamente por el Ministerio de Transporte, siendo el único documento que autoriza a un vehículo automotor para prestar el servicio público, a excepción del transporte terrestre de carga.

La tarjeta de operación debe ser gestionada por la empresa a la cual se encuentra vinculado el vehículo y entregada oportunamente al propietario del mismo.

Los vehículos se vinculan a una empresa de servicio público de transporte, a través de contrato de vinculación, el cual se rige por las normas de derecho privado, ante el cual la Superintendencia de Transporte carece de competencia para intervenir. No obstante lo anterior, es obligación de la empresa expedir a los propietarios un estado de cuenta del vehículo, en el cual se discriminen los rubros y montos cobrados y pagados por cada concepto, derivados del contrato de vinculación.

Para mayor información comuníquese con nosotros.
Teléfono: 293 24 73, E-mail: somosabogados09@gmail.com
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Donaciones entre vivos

La donación entre vivos es un acto libre por el cual una persona llamada donante transfiere a titulo gratuito, uno o varios de sus bienes, a otra persona que acepta llamada donatario, sin que esta se obligue a ninguna contraprestación. La aceptación es necesaria para formalizar la donación.

Las donaciones se clasifican en: remuneratorias, revocables e irrevocables, existiendo en todas el animo de la simple liberalidad.

- Remuneratorias: Es en la que, el bien objeto de la misma se entrega al donatario como contraprestación de un servicio recibido de los que suelen pagarse.
- Revocable: El donante puede revocarla a su arbitrio, pese al ánimo de simple liberalidad. Esta característica de la revocabilidad lo es también de la asignación testamentaria, la cual puede ser revocada por el donante a su arbitrio.
- Irrevocable: El bien objeto de la misma se transfiere al donatario en forma gratuita e irrevocable.


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Infracción a las normas de tránsito

Una infracción de tránsito es la violación a las normas que regulan la circulación de los peatones, usuarios, pasajeros, conductores, motociclistas, ciclistas, agentes de tránsito, y vehículos por las vías públicas o privadas que están abiertas al público.

Las autoridades competentes para investigar e imponer sanciones en estos eventos son las autoridades de tránsito de la jurisdicción donde se cometió el hecho, el cual contarán con un cuerpo de agentes de tránsito que actuará únicamente en su respectiva jurisdicción, y el Ministerio de Transporte tendrá a su cargo un cuerpo especializado de agentes de tránsito de la Policía Nacional que velará por el cumplimiento del régimen normativo de tránsito en todas las carreteras nacionales por fuera del perímetro urbano de distritos y municipios.

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Custodia y cuidado de los hijos menores


La custodia se refiere al cuidado de los niños, que por de la ley se le otorga a los padres. Cuando se trata de hijos extramatrimoniales este cuidado le corresponde al padre que conviva con el menor.
En casos de divorcio, nulidad de matrimonio, separación de cuerpos o suspensión de la patria potestad, es al juez  a quien le corresponde otorgar el cuidado de los hijos a uno de los padres, o al pariente más próximo, convenga a los derechos del niño, niña o adolecente.
Es posible legalizar la custodia y cuidado del menor por medio de una conciliación ante un conciliador certificado, en caso de no lograrse tal acuerdo, se tendrá que recurrir ante un juez de la república en busca de que por sentencia judicial se determine la custodia y cuidado personal del menor.
El no ejercer de una forma adecuada la custodia y cuidado, puede dar lugar a que se configure el delito de ejercicio arbitrario de la custodia, delito penal consagrado en el código penal colombiano.  Este delito se presenta cuando uno de los padres sustraiga, oculte o arrebate a su hijo sin el consentimiento del padre que ejerza legalmente la custodia.
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Autorización para que un menor salga del país si el padre esta en el exterior


Para que un menor salga del país, necesita la autorización de sus dos padres.  El hecho de que un padre saque del país a su hijo sin la autorización del otro progenitor, podría llegar a ser considerado como secuestro.
Es muy común que uno de los padres del menor se encuentre fuera del país y por tanto no pueda dar directamente su autorización, la solución a este inconveniente es realmente muy sencilla, vasta con que el padre que esta fuera del país se acerque al consulado colombiano mas cercano y de su autorización ante el funcionario consular, posteriormente debe enviar el correspondiente documento por correo certificado al padre que pretende sacar al menor del país.
Nuestros abogados lo asesoran y elaboran de las minutas y demás documentos necesario con el fin de sacar a su hijo del país, con el cumplimiento de los requisitos legales para tal fin.
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Informe de infracción de transporte (orden de comparendo nacional)


Si a usted le han impuesto un informe de Infracción de Transporte debe esperar a que le inicien una investigación administrativa por parte de la Delegada de Tránsito  y Transporte Terrestre Automotor de la Superintendencia de Puertos y Transporte.

La investigación se dirige contra la empresa en la cual el vehículo se encuentre vinculado, el inicio de la misma se le notifica al infractor, y se le otorga un término de 10 días hábiles para que presente justificaciones, solicite las pruebas que considere y aporte aquéllas que pretenda hacer valer.  Una vez surtida las justificaciones, las mismas son evaluadas para proceder con el fallo, acto ante el cual proceden los recursos de ley.

Como lo hemos manifestado anteriormente, una infracción de transporte es la violación a las normas que regulan  la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor. En caso tal, de que un informe de infracción de transporte sea impuesto a un vehículo particular. Usted debe dirigirse al Organismo de Tránsito donde esté matriculado su vehículo, ya que a este será remitido por la autoridad que lo impuso. 

La imposiciónde un informe de transporte por primera vez, no exonera o genera descuento en el págo de la multa. 

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Pensiones compatibles

Recientemente, la Corte Suprema de Justicia aclaro que la razón para establecer el disfrute simultaneo entre pensiones es la cobertura de riesgos distintos (el paso inevitable de los años y la perdida de capacidad laboral) y no la finalidad de la prestación (cuya financiación proviene de fuentes distintas para cada riesgo), y que en todo caso, lo que se debe tener en cuenta  es la protección de afiliado frente a la imposibilidad de generar recursos económicos para su subsistencia.

Compatibilidad entre pensiones

-          Pensión de invalidez de origen común COMPATIBLE con Pensión de invalidez de origen profesional, salvo que ambas deriven del mismo evento.
-          Pensión de invalidez de origen profesional COMPATIBLE con Pensión de vejez.
-          Pensión de vejez COMPATIBLE con Pensión de sobrevivientes.
-    Pensión de jubilación COMPATIBLE con Pensión de invalidez de origen común y Pensión de invalidez de origen profesional.
-          Pensión de vejez INCOMPATIBLE con Pensión de invalidez de origen común.
-          Pensión de jubilación reconocida después de la entrada en vigencia del decreto 28 79 de 1985 INCOMPATIBLE con Pensión de vejez que reconozca el Instituto de Seguros Sociales.

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Administrador de sociedades comerciales


El administrador es un órgano social, siendo la persona encargada por la sociedad de la administración de sus negocios. Cuando sus actuaciones sean con dolo o culpa y causen perjuicios a la sociedad, a terceros o a los socios responderán solidaria e ilimitadamente.


 DEBERES Y FUNCIONES
1. Realizar los esfuerzos correctos al adecuado desarrollo del objeto social.
2. Cuidar por el preciso cumplimiento de las disposiciones legales o estatutarias.
3. Custodiar porque se permita la adecuada realización de las funciones encargadas a la revisoría fiscal.
4. Guardar y proteger la reserva comercial e industrial de la sociedad.
5. Cuidarse de utilizar indebidamente información privilegiada.
6. Dar un trato igual a todos los socios y respetar el ejercicio del derecho de inspección de todos ellos.
7. Abstenerse de participar por sí o por interpuesta persona en interés personal o de terceros, en actividades que impliquen competencia con la sociedad o en actos respecto de los cuales exista conflicto de intereses.

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Infracción a las normas de transporte

Una infracción de transporte es la violación a las normas que regulan  la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor. Las autoridades competentes para investigar e imponer sanciones en estos eventos son: la Superintendencia  Puertos y Transporte (en el orden nacional), a los Alcaldes, los organismos de transporte o la dependencia en quienes se delegue esta función, y la autoridad de transporte metropolitana, dependiendo de la jurisdicción a prestar el servicio.

La infracción de transporte se interpone por vulnerarse la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor en los términos definidos en la ley o en los reglamentos de cada modalidad de servicio; por ejemplo, permitir la prestación del servicio en vehículos sin Tarjeta de Operación o con esta vencida.

Al servicio público de transporte terrestre automotor corresponden:
- Colectivo Metropolitano, Distrital y Municipal de Pasajeros.  
- Pasajeros por Carretera.
- Individual de pasajeros en vehículos Taxi.
- Carga.
- Especial.
- Mixto.
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Divorcio exprés.


No tiene que esperar hasta que la muerte los separe, nuestros abogados tramitan su divorcio de mutuo acuerdo de una forma rápida, económica y segura.  Respetamos su intimidad y los motivos de su decisión.
La famosa frase sacerdotal “hasta que la muerte los separe” está cada vez mas reevaluada pues ya es mas que famoso el llamado divorcio exprés.
En que consiste el divorcio exprés: es una trámite ante notario público en el cual si ambos contrayentes están de acuerdo y no tienen hijos, podrán adelantar su trámite de divorcio, o cesación de efectos civiles de matrimonio religioso, en pocos minutos.
Requisitos:
Ambos solicitantes deben estar representados por un abogado o por dos según lo convengan las partes, estos serán los encargados de adelantar todos los trámites.
La solicitud de divorcio debe de ser presentada de mutuo acuerdo.
En caso de que existan hijos menores, el defensor de familia tiene 15 días para pronunciarse sobre el arreglo al cual lleguen las partes respecto a la regulación de alimentos, así como la custodia y cuidado.
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Aparición de herederos desconocidos.


Es muy frecuente que se presenten casos en los cuales una vez muerta una persona, e incluso después de realizar la sucesión en la que se efectúa la división de los bienes que tenia en vida a sus legítimos herederos, aparezcan herederos con igual o mejor derecho que los que adelantaron el tramite sucesorio.
La gran mayoría de la veces, se llega al conocimiento de que estas personas existen porque presentan demandas, en las culés se solicita entre otras, las siguientes cosas, que se decrete que entre el muerto y la persona demandante existe un parentesco, que se reúna nuevamente la masa herencial y que se realice nuevamente la partición.
Lo más común es que se soliciten pruebas de ADN de los familiares del causante de la sucesión (difunto), con el fin de establecer la filiación.  Ante esta solicitud hay dos caminos, el primero es consentir en  tal prueba; la segunda es negarse a su realización, en este segundo evento se tendrá que echar mano de las demás pruebas arrimadas al proceso con el fin de demostrar la filiación entre el demandante y el difunto.  Lo anterior con las consecuencias negativas que tendría el negarse a la realización de la correspondiente prueba de ADN.
El procedimiento a seguir en el caso de ser demandado es: notificarse de la demanda e inmediatamente dirigirse donde un abogado con el fin de analizar tramite que se le debe de dar a la misma.  En ningún caso debe de abstenerse de notificarse o contestar la demanda, pues esto iría en contra de sus intereses y esta dando indirectamente la razón al demandante.
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Contrato para el administrador de propiedad horizontal.

El administrador es el representante legal de la propiedad horizontal, la ley exige que esta persona sea idónea, sin embargo, este tipo de mandatos es enormemente subjetivo y aunque le está permitido al gobierno nacional determinar la idoneidad para ocupar tal puesto, aun no se ha regulado nada al respecto.


El nombramiento del administrador debe de ser hecho por la asamblea de copropietarios y en el caso de que exista consejo de copropiedad, el administrador debe de ser elegido por el consejo.

No es necesario que el contrato se haga por escrito, puesto que la ley no lo ordena de esta manera, sin embargo, por efectos prácticos y de seguridad, es preferible que el contrato quede plasmado por escrito. Este contrato debe de ser suscrito entre el presidente de la asamblea general o el del consejo de copropietarios y el administrador.

Respecto al tipo de contrato, lo más recomendable es que se por prestación de servicios y nunca laboral, por lo que habrá que tener suma precaución en la redacción del mismo, de modo tal que no surja la posibilidad de interpretación mutando el tipo de contrato a un contrato laboral lo que conllevaría a diversas dificultades para los copropietarios.

Si el contrato se realiza con una persona jurídica, no existe dificultad alguna. El problema surge si el contrato se hace con una persona natural pues de no tener cuidado se contraerían las ya referidas obligaciones laborales.

Se recomienda a todos los presidentes, bien sea de asamblea o de consejo, consultar con un abogado conocedor del tema de propiedad horizontal, con el fin de que los oriente en la elaboración de los contratos de administración.

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Ilegalidad del pago de preaviso.

Anteriormente, si el trabajador quería dar por terminado el contrato de trabajo, tenía que pagar al empleador un preaviso de 30 días de salario, e incluso el patrono estaba en la posibilidad de descontarlos de la liquidación final.

Con la entrada en vigencia de la Ley 789, que modifico el Código sustantivo de trabajo en lo que tiene que ver con el preaviso, dejando por fuera el preaviso de 30 días para que el trabajador pueda dar por terminado el contrato de trabajo sin una justa causa comprobada. Lo que si quedo vigente fue la obligación que tiene el trabajador de dar aviso a su empleador, con un adelanto de no menos de 30 días y por escrito, del hecho de que va a terminar el contrato de manera unilateral, esto con el fin de evitar traumatismos a los empleadores.



Al respecto en el mundo del derecho se dan dos discusiones, algunos dicen que el legislador quiso quitarle esta carga de encima a los trabajadores, otros afirman que fue un error del legislador y que más adelante retomaran el tema imponiendo nuevamente la carga del preaviso por parte del la clase trabajadora.

Algunas empresas en los contratos para los empleados de dirección y confianza, insertan una clausula en la que expresan la obligación del trabajador de pagar una sanción determinada por si llega a producirse su renuncia intempestiva. Este tipo de manifestaciones deben entenderse como no escritas, lo que se debe de buscar en realidad es que este tipo de empleados que con su renuncia puedan causar algún perjuicio a la empresa, den, como ya se menciono, un aviso de su decisión con el fin de evitar posibles perjuicios.

De este modo si el trabajador da por terminado su contrato, sin justa causa comprobada, el empleador no podrá, en ningún caso, descontar suma alguna como indemnización por la omisión de dar aviso.

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Sociedades sujetas a control del gobierno


Para una mayor comprensión del control ejercido por el gobierno, a través de la Superintendencia de Sociedades, sobre algunas sociedades comerciales, es importante tener en cuenta la diferencia entre los conceptos de Inspección, Vigilancia y Control.

Inspección: Es la atribución para solicitar, confirmar y analizar de manera ocasional, la información que requiera sobre la situación contable, económica y administrativa de cualquier sociedad comercial.

Vigilancia: Es la atribución para velar porque las sociedades no sometidas a la vigilancia de otras superintendencias, en su formación y funcionamiento y en el desarrollo de su objeto social, se ajusten a la ley y a sus estatutos.

Control: Es la atribución para ordenar los correctivos necesarios para subsanar una situación critica de orden jurídico contable, económico o administrativo de cualquier sociedad comercial no sometida a la vigilancia de otra superintendencia.

Se encuentran sujetas a vigilancia:

Las sociedades mercantiles que a 31 de diciembre de 2006, o al cierre de los ejercicios sociales posteriores registren: Un total de activos incluidos los ajustes integrales  por inflación, superior al equivalente a treinta mil (30.000) salarios mínimos legales mensuales; e Ingresos totales incluidos los ajustes integrales por inflación, superiores al valor de  treinta mil (30.000) salarios mínimos legales mensuales.

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Autorización para trabajar horas extras.

Si usted es empleador y necesita que sus trabajadores laboren en horas extras, debe obtener la autorización de las Direcciones Territoriales del Ministerio de la Protección Social. Este requisito debe de ser cumplido tanto por personas naturales como jurídicas.
La solicitud se debe dirigir al director territorial del Ministerio de la Protección Social del domicilio en el cual se encuentre la empresa, dando a conocer los hechos  o razones en los cuales sustenta su solicitud al igual que el tiempo por el cual la realiza.
El trámite se puede realizar por internet, pero la notificación de la providencia que autoriza o niega, se debe de hacer en las oficinas del Ministerio.  La autorización o rechazo dependerá del cumplimiento de los requisitos establecidos por la entidad (Manifestación expresa sobre la existencia de organización sindical en la empresa, Indicación de número y fecha de la inscripción del Comité Paritario de Salud Ocupacional, Número y fecha de la resolución mediante la cual fue aprobado el reglamento interno de trabajo, Información sobre la Administradora de Riesgos Profesionales a la cual se encuentra afiliado el empleador-Original y Copia y certificado de existencia y representación legal para verificar requisitos.
La autorización tendrá vigencia mientras persistan los motivos que el dieron origen, sin exceder de 3 años.
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Pacto arbitral

Comprende la cláusula compromisoria y el compromiso, en el cual las partes ligan su voluntad a someter sus conflictos a la decisión de un tribunal arbitral, renunciando a la vía judicial, ante los jueces. Por cláusula compromisoria Se entiende el pacto comprendido en el contrato o en el documento anexo a él, en el cual los contratantes se comprometen someter los eventuales desacuerdos que puedan surgir con ocasión del contrato a la decisión de un tribunal arbitral. La cláusula compromisoria es independiente con respecto a la existencia y la validez del contrato del cual forma parte.

El compromiso es un negocio jurídico en el habiendo un conflicto presente, las partes involucradas en el mismo, convienen en resolverlo a través de un tribunal arbitral. El compromiso puede estar contenido en cualquier tipo de documento.

Las partes pueden definir el número de árbitros, y en todo caso dicho número deberá ser siempre impar, pero si nada dicen al respecto, los árbitros serán tres (3). La duración del arbitramento que es de seis (6) meses, prorrogables por las partes.

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Recuperar la propiedad de un inmueble.

En Colombia cuando una persona entra a poseer un inmueble de su propiedad, y esta posesión la ejerce con animo de señor y dueño del lugar, la única salida que le queda como propietario, para sacar a la persona que invade su lote de terreno, es iniciar un proceso ante juez de la república en el cual buscara que se le restituya su bien y el pago de los daños causados al mismo.
Para poder iniciar el tramite con el cual se recuperara el inmueble hay que dejar probada la calidad de dueño del inmueble, que hay una persona que esta poseyendo dicho bien, que el bien existe y es posible su plena identificación y que este bien perseguido es el mismo que esta poseyendo el demandante.  Sin estos cuatro requisitos no se podrá dar inicio a ningún tipo de acción. 
El juez ordenara la restitución del inmueble pero además, dispondrá que se le pague a quien fue el poseedor las mejoras necesarias realizadas en el bien mientras lo tubo en su posesión.
Para adelantar este tipo de tramites es necesario estar representado por un abogado que lo acompañe tanto en la presentación de la demanda como en el tramite del proceso.
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Arbitraje en Colombia


Según como lo define la ley, el arbitraje es un mecanismo por medio del cual las partes envueltas en un conflicto de carácter transigible, conceden su solución a un tribunal arbitral, el cual queda temporalmente investido de la facultad de administrar justicia, profiriendo una decisión denominado laudo arbitral.

La misma ley consagro que el arbitraje puede ser en derecho, en equidad o técnico.
  • En derecho: Los árbitros fundamentan su decisión en el derecho vigente.
  • En equidad: Los árbitros deciden según el sentido común y la equidad.
  • En equidad: Los árbitros pronuncian su fallo en razón de sus específicos conocimientos en una determinada ciencia, arte u oficio.

Las partes deben indicar en la cláusula compromisoria del contrato o acuerdo, el tipo de arbitraje escogido, y si no lo convienen, el fallo será en derecho. Así mismo, el arbitraje puede ser independiente, institucional o legal.
  • Independiente: Aquél en que las partes acuerda libremente las reglas de procedimiento ajustables en la solución de su conflicto.
  • Institucional: Aquél en el que las partes se someten a un procedimiento determinado por el centro de arbitraje.
  • Legal: Aquel que se aplica cuando no hay acuerdo y que se hace conforme a la ley vigente. 

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Regulación para la tenencia y porte de mascotas.


Tener una mascota se traduce en una gran responsabilidad, mas que todo cuando se es residente de un edificio sometido a propiedad horizontal, pues puede llegar a ocasionar graves problemas entre propietarios debido a la falta de cultura de algunos propietarios de mascotas que desconocen las normatividades sobre el manejo de mascotas.
Muchos amos consideran que pueden tener sus mascotas en las zonas comunes sin ningún tipo de control, sacándolos a las zonas verdes o parques infantiles a que hagan sus necesidades corporales, causando de esta manera un grave perjuicio a sus copropietarios en cuanto al uso adecuado de los bienes comunes.
Desde el año 2002, el gobierno nacional regulo la tenencia y manejo de mascotas, estableciendo sanciones ante el mal proceder de los respectivos dueños.
De modo que si usted es propietario de una mascota, tenga en cuenta lo siguiente:
  • Para  tener de perros en las viviendas urbanas y rurales se requiere que las circunstancias de  alojamiento en el aspecto higiénico y sanitario, de alimentos y custodia, sean las adecuadas, y que no se produzcan situaciones de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas en general e incluso para la propia mascota.
  • Las copropiedades deben reglamentar, en su respectivo reglamento de propiedad horizontal, la tenencia de mascotas.
  • Las mascotas siempre deben de pasearse con correa y en el caso de ser peligros se les debe poner su correspondiente bozal.
  • No dejas el excremento de la mascota en las vías públicas.
  • No se podrán importar ni criar perros de alta peligrosidad (Staffordshire terrier, American Staffordshire terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, o de caninos producto de cruces o híbridos de estas razas).
  • Toda persona que posea un perro de los catalogados como potencialmente peligrosos deberá registrar los en el Censo de Perros Potencialmente Peligrosos que se establecerá en las alcaldías municipales, para obtener el respectivo permiso. El registro debe de ser actualizado anualmente.
  • Para proceder al registro del animal, su propietario debe aportar póliza de responsabilidad civil extracontractual suscrita por su propietario,
  • Los perro potencialmente peligrosos deben de ser tenidos en lugares con condiciones especiales con el fin de que se brinde la seguridad necesaria para los vecinos y la comunidad en general.
  • Las peleas de perros están prohibidas por la ley.
  •  
  • Los perros lazarillos no son mascotas y tienen un trato diferente a los demás caninos.
  • Las regulaciones no solo son para las propiedades horizontales, son a nivel nacional.
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Propiedad intelectual y derechos de autor


La propiedad intelectual es una rama normativa que protege las creaciones intelectuales resultantes de un esfuerzo, trabajo o destreza humanos, que merecen reconocimiento jurídico. Comprende: el derecho de autor y los derechos conexos, la propiedad industrial y las nuevas variedades vegetales.

Las personas creadoras o los titulares de derecho de autor y los titulares de derechos conexos, están legitimadas para exigir el cumplimiento de sus derechos a través de acciones civiles, por intermedio de un abogado, frente a un juez de la República.

Así mismo tienen la posibilidad de iniciar acciones penales, por virtud de las cuales los interesados que vean perturbados sus derechos pueden establecer a través de una denuncia sus pretensiones de sancionar penalmente a quienes incurran en alguna de las acciones tipificadas en el código penal.

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