En caso de que se haya realizado una promesa de compraventa, tras la cual ya se haya adelantado algún dinero y el comprador ya se encuentre en el inmueble y con posterioridad una de las partes incumpla el contrato, mientras que la otra se dispone efectivamente a cumplirlo, permite que el contrato pueda resolverse, de tal modo que las cosas regresen al estado en que se encontraban antes de realizar el negocio.
Se pueden reclamar los perjuicios causados a la parte que se allanó al cumplimiento del contrato, para esto usted requerirá la representación de abogados conocedores del tema. Pudo ocurrir que ya con anticipación y en el mismo contrato las partes hayan pactado una clausula penal que permita cubrir los perjuicios causados y hacerse exigible a través del procedimiento ejecutivo.
La recomendación de nuestros abogados es que inicien los trámites tendientes a lograr la resolución de contrato en el menor tiempo posible luego de presentarse el incumplimiento, toda vez que el comprador al encontrarse habitando el inmueble empezará a ejercer acciones de señor y dueño adquiriendo derechos como poseedor.
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