La empresas aseguradoras a la hora de reconocer el pago de la prestación por victima fatal en accidente de transito, generalmente exigen una cantidad de requisitos y documentación a fin de establecer la idoneidad del reclamante, es decir, asegurar que la persona que reclama sea el cónyuge o heredero de la victima. Por lo general el dinero siempre es desembolsado a través de un cheque girado a único beneficiario para que este ultimo lo consigne en su cuenta bancaria, sin embargo, si el beneficiario no tiene una cuenta bancaria, deberá redactar una carta dirigida a la aseguradora en la cual le solicite autorización para realizar el cambio del cheque por ventanilla y autenticarla en notaria, igual el cheque solo lo podrá cambiar quien aparece como primer beneficiario.
No es necesario que las victimas realicen la reclamación por intermedio de abogado, pese a esto muchas personas prefieren hacerlo de este modo y evitarse la realización de las diligencias necesarias. (Impacto Jurídico Abogados presta el servicio de reclamación por muerte ante las entidades aseguradoras SOAT, junto con la asistencia a las audiencias de transito, todo por un único precio)
En el link a continuación encontraran un listado de documentos requeridos por las aseguradoras para la prestación de cuentas de victimas de accidentes de transito.
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