La
escritura de compraventa es el medio por el cual se da cumplimiento a una de
las obligaciones principales de la promesa de compraventa como lo es la de
transferir el derecho de dominio del bien prometido en venta.
Esta
escritura debe ser firmada por el notario respectivo.
Un
aspecto que reviste singular importancia es el relativo al registro de la
escritura pública de compraventa. Lo anterior, pues la única forma de que el
vendedor haga dueño del inmueble al comprador es registrando la escritura de
compraventa en la Oficina de Registro de IIPP correspondiente.
Mientras
esto no ocurra la consolidación del derecho de dominio en cabeza del comprador
estará a mitad de camino, es decir, se habrá dado un paso con el otorgamiento
de la escritura pública de compraventa pero al comprador no podrá
considerársele como dueño del inmueble; todo lo contrario, el vendedor
continuará siéndolo pese a haber vendido su derecho por escritura pública, con
los riesgos que ello conlleva para el comprador y para el mismo vendedor.
Para mayor información comuníquese con
nosotros.
Teléfono: 293 24 73, E-mail: abogadosparausted@hotmail.com
Calle 50 Nº 51-81 Edificio Nacional
Oficina 10-01
Medellín-Colombia
NO SE ATIENDEN CONSULTAS DE
ABOGADOS NI DE ESTUDIANTES DE
DERECHO.
Resuelva todas sus dudas e inquietudes a través de nuestro chat con un Abogado. Si no pudo realizar su consulta con un abogado en línea, realícela llenando nuestro formulario abajo de este Chat, enviándonos un mensaje.