En
nuestra oficina de abogados le ayudamos a constituir, disolver o liquidar su
sociedad, además de las reformas necesarias a sus estatutos.
Características
básicas de esta forma social:
- No todas las S.A.S estarían obligadas a nombrar Revisor Fiscal
- Las sociedades por acciones simplificadas contemplan más
ventajas en su constitución y funcionamiento que las que se ofrecían con las
sociedades unipersonales.
- Pueden constituirse con cualquier monto de capital
social.
- Pueden constituirse y funcionar con uno o
varios accionistas.
- Se podrá constituir con un documento privado en lugar de hacerse
con una Escritura pública.
- La duración de las S.A.S., al igual de lo que fueron las
sociedades unipersonales, también puede ser indefinida.
- No están obligadas a tener que especificar el objeto social al
que se dedicarán.
- Los accionistas no tendrán responsabilidad solidaria.
- No se les exige tener todos los órganos de administración que sí
se les exigen a las sociedades anónimas clásicas reguladas en el Código
de Comercio
- Si funcionan con un único accionista, este puede ser al mismo tiempo su representante legal.
Para mayor información comuníquese con nosotros.
Calle 50 Nº 51-81 Edificio Nacional Oficina 10-01
Medellín-Colombia
NO SE ATIENDEN INQUIETUDES DE ABOGADOS
O ESTUDIANTES DE DERECHO.
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