Se
entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación,
vestido asistencia médica, recreación, educación o instrucción y en general,
todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y
los adolescentes, de acuerdo con la capacidad económica del alimentante.
Los
alimentos comprenden la obligación de proporcionar a la madre los gastos de
embarazo y parto, y se dividen en congruos y necesarios.
Congruos
son los que habilitan al alimentario para subsistir modestamente de un modo
correspondiente a su posición social. Y al reclamarlos no existe ninguna razón
para que no se deban suministrar los de la misma calidad, cuando han dejado de
suministrarse por quien tiene la obligación.
Necesarios,
son los alimentos que bastan para sustentar la vida. Y pueden ser los congruos
rebajados porque la capacidad económica del alimentante se ha visto mermada y
así se logra establecer.
Fuente:
Los alimentos – Luis Alberto Domínguez Giraldo.
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